Ejecuciones Hipotecarias
Si Ud. efectuó un préstamo de dinero y el deudor gravó con hipoteca a su favor un inmueble de su propiedad, o un tercero constituyó hipoteca sobre un bien de su propiedad en garantía de ese préstamo,
Si Ud. vendió una propiedad en cuotas y la misma fue gravada por el comprador con una hipoteca a su favor en garantía del pago del saldo deudor,
1) Ante la mora del deudor, deberá iniciar el reclamo de la deuda por carta documento.
2) Una vez efectivizado el intercambio telegráfico, se puede explorar a través de su abogado, la posibilidad y conveniencia de una refinanciación con la firma del correspondiente acuerdo.
3) En caso negativo, deberá proceder a la ejecución de la hipoteca , iniciando el correspondiente juicio
El trámite judicial de ejecución hipotecaria tiene por objeto la realización del bien inmueble que garantiza el crédito, es decir, la venta judicial en público remate o subasta, a fin de que Ud. pueda recuperar todo o parte de las sumas que se le adeudan. El cuántum de lo que pueda recuperar dependerá de lo obtenido en la subasta.
Atendemos la problemática de acreedores y deudores hipotecarios, en Capital Federal.
La atención es sólo a particulares y los honorarios son a convenir.